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Marinos Lesionados: Cómo Reclamar su Justa Compensación por Accidentes a Bordo de Naves Mercantiles o Cruceros

Marinos Lesionados: Cómo Reclamar su Justa Compensación por Accidentes a Bordo de Naves Mercantiles o Cruceros

Autor

Martha Navarro
Socia Fundadora

La vida en el mar es una profesión honorable pero exigente, y los marinos y tripulantes de buques de todo el mundo enfrentan a diario riesgos inherentes a su labor. Un accidente a bordo puede tener consecuencias devastadoras, resultando en lesiones graves para marinos, incapacidad para trabajar y un futuro incierto. Si usted es un marino que ha sufrido una lesión debido a la negligencia del armador, del operador o por condiciones inseguras en el buque, tiene derecho a una justa compensación.

 

En NAVARRO & NAVARRO, entendemos profundamente la difícil situación que enfrenta un marino accidentado. No solo debe lidiar con el dolor físico y la recuperación, sino también con la preocupación por sus ingresos perdidos y el bienestar de su familia. Estamos aquí para decirle que no está solo y que existen vías legales para proteger sus derechos.

¿Sufrió un Accidente en un Buque? Panamá Podría Ser Clave para su Reclamo por Lesiones Personales

Muchos marinos no saben que, incluso si su contrato laboral o el pabellón del buque no son panameños, Panamá puede ofrecer una jurisdicción estratégica para presentar su reclamo por lesiones personales como tripulante. La clave, una vez más, es la posibilidad de realizar un arresto preventivo del buque en el cual ocurrió el accidente, o de una «nave hermana» perteneciente al mismo propietario, mientras transita por el Canal de Panamá o se encuentra en nuestras aguas jurisdiccionales.

  • ¿Por Qué es Importante el Arresto del Buque para un Marino Lesionado? El arresto del buque por accidente de un tripulantesirve para dos propósitos cruciales:
    1. Fundamenta la Competencia: Establece la jurisdicción de los Tribunales Marítimos panameños para conocer su caso.
    2. Garantiza el Pago: Asegura que, en caso de obtener una sentencia favorable, habrá un activo (la nave o una garantía depositada para su liberación) contra el cual ejecutar el cobro de su indemnización por accidente marítimo.

Tipos de Compensación que Puede Reclamar un Marino Lesionado

La compensación para marinos lesionados dependerá de la ley sustantiva aplicable, que usualmente es la ley del país de la bandera del buque. Los tribunales panameños están facultados para aplicar esta ley extranjera al fondo de su caso. Generalmente, los rubros indemnizatorios que se pueden reclamar incluyen:

  • Lucro Cesante (Pérdida de Salarios Futuros): Compensación por todos los salarios que el marino dejará de percibir durante su vida laboral esperada debido a la lesión y la incapacidad resultante.
  • Daño Moral (Pain and Suffering / General Damages): Indemnización por el dolor físico, el sufrimiento emocional, la angustia, la pérdida del disfrute de la vida y otros daños no patrimoniales causados por el accidente en el buque.
  • Daño Emergente (Gastos Médicos y Otros / Special Damages): Reembolso de todos los gastos médicos pasados y futuros (tratamientos, cirugías, rehabilitación, medicamentos, prótesis), así como otros gastos directos incurridos como resultado de la lesión.

¿Por Qué Considerar a Panamá para su Reclamo por Lesiones como Marino?

  1. Acceso a la Justicia a Través del Arresto del Buque: La herramienta del arresto de la nave en Panamá es fundamental para que marinos de diversas nacionalidades puedan asegurar sus reclamos.
  2. Tribunales Marítimos Especializados y Eficientes: Panamá cuenta con un sistema judicial marítimo con experiencia en casos de lesiones de tripulantes, lo que puede traducirse en un proceso más ágil.
  3. Aplicación de la Ley de la Bandera del Buque: Nuestros tribunales aplicarán la ley sustantiva que corresponda a su caso, a menudo la del país de la bandera de la nave, para determinar los alcances de su derecho a compensación como marino.
  4. Abogados con Experiencia en Derechos de los Marinos: Firmas como NAVARRO & NAVARRO tienen un profundo conocimiento de las convenciones internacionales (como el Convenio sobre el Trabajo Marítimo – MLC 2006) y las leyes que protegen a los trabajadores del mar.
  5.  

NAVARRO & NAVARRO: Defendiendo los Derechos de los Marinos Lesionados en Panamá

En NAVARRO & NAVARRO, creemos firmemente en la defensa de los derechos de los marinos accidentados. Comprendemos las complejidades de los reclamos por accidentes a bordo y estamos comprometidos a luchar incansablemente para que usted reciba la máxima compensación posible.

Sabemos que enfrentarse a poderosas compañías navieras puede ser intimidante. Nuestro equipo de abogados especialistas en lesiones de marinos en Panamá le brindará el apoyo legal y la representación experta que necesita en estos momentos difíciles. Evaluaremos su caso de accidente marítimo laboral sin costo y le explicaremos sus opciones de forma clara y honesta.

Si Usted es un Marino y Sufrió una Lesión a Bordo, Contáctenos

Su bienestar y su futuro son nuestra prioridad. No permita que una lesión sufrida mientras cumplía con su deber quede sin la debida compensación. Si usted o un ser querido ha sido víctima de un accidente en un buque, es crucial buscar asesoría legal especializada lo antes posible.

En NAVARRO & NAVARRO estamos listos para escucharle y ayudarle a navegar el proceso de reclamo por lesiones personales de marinos en Panamá.

Para una consulta confidencial y gratuita sobre su caso de lesión a bordo:

Luchemos juntos por la justicia y la compensación que usted merece como marino profesional.

 

Información de Contacto:
NAVARRO & NAVARRO LLP
Dirección: Oceanía Business Center, Punta Pacífica, Torre 2000, Piso 42, Ciudad de Panamá, República de Panamá.
Teléfono/WhatsApp: +507 6080-3634
Web: www.nnalaw.com
Correo electrónico: adrian@nnalaw.com

Disclaimer: El contenido de este blog es únicamente para fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal ni crea una relación abogado-cliente. Cada situación legal es particular y debe ser discutida con un abogado calificado para abordar sus circunstancias específicas relativas a su reclamo de carga o cualquier otro asunto marítimo.

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